Vivimos en una realidad donde la tecnología avanza y se desarrolla a gran escala, mientras que nuestro marco jurídico tiende a quedarse rezagado. Los criptoactivos no escapan de tal situación.
Se entiende por Criptoactivo a la “anotación digital fungible o no fungible en un libro mayor distribuido (distributed ledger), que puede ser un blockchain o no, cuya tenencia puede ser probada utilizando criptografía y cuya transferencia puede realizarse por medio de firmas digitales que hacen uso de criptografía.”
Esta definición podemos encontrarla en el Proyecto de Ley No. 697 de 2021 “que regula la comercialización y uso de criptoactivos, la emisión de valor digital, la tokenización de metales preciosos y otros bienes, los sistemas de pagos, y dicta otras disposiciones”, el cual fue vetado por el Presidente el pasado 15 de junio de 2022.
Pese a aún no llegar a un acuerdo general sobre el contenido y redacción del Proyecto de Ley No. 697 de 2021, sigue siendo imprescindible que localmente tengamos disposiciones que sirvan de guía para empresas que deseen incursionar en Fintech, startups que por naturaleza están más involucradas al ambiente tecnológico e innovación y empresas que implementen el uso de criptoactivos como medios de pago; pues, ya podemos encontrar empresas e individuos hoy en día que transan con criptoactivos.
El hecho de tener en nuestro país y economía nacional, actores comercializando criptoactivos o incorporándolos como medio de pago, sin tener un marco legal que lo trate, le resta competitividad al país en comparación con otras jurisdicciones que ya las han reconocido e inclusive gravado e incentivado, crea vulnerabilidades por evidentes vacíos de ley y provoca un cierto nivel de rechazo por parte de entidades reguladas financieras y algunos consumidores. Y es que, no hay nada ilegal en el uso de criptoactivos en Panamá, pero al no existir un marco jurídico, se genera incertidumbre sobre su uso y comercialización.
Panamá a lo largo de su historia ha sido conocida como Hub en distintas áreas tales como: sector bancario, conectividad logística, sector financiero, entre otras. Panamá tiene como estrategia país convertirse en un Hub digital para el desarrollo de las tecnologías de información y comunicación (TIC) en los próximos años. Por lo cual, debe ser de interés tanto para el Gobierno como para los particulares que se sancione a la mayor brevedad el Proyecto de Ley No. 697 de 2021, una vez se discutan y se resuelvan los aspectos vetados.
Con ello, Panamá tendría una importante oportunidad para que empresas internacionales de pagos digitales se establezcan en Panamá, lo cual crearía plazas de trabajo, movimiento del sector inmobiliario, energético, entre otros.
Muchas personas niegan el uso de las criptomonedas por el temor o desconocimiento o pensamiento de que las mismas son utilizadas para el lavado de dinero o para realizar estafas; sin embargo, es importante mencionar que al usar criptomonedas las transacciones que sea realizan crean un historial lo cual hace fácil su rastreo y seguimiento para las autoridades competentes.
Cabe resaltar que el objetivo actualmente es regular el uso de los criptoactivos en Panamá y brindarle seguridad jurídica a los actores que deseen incursionar con este tipo de activos, mas no se pretende hacerlo de uso obligatorio como moneda de curso legal, por lo cual las empresas e individuos que no deseen realizar o aceptar criptomonedas como medio de pago, no estarán obligadas.
Por: Juan Gaspar Vallarino
Asociado Junior
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